domingo, 22 de febrero de 2009

Capítulo Informativo (I)

Consejo de la Juventud.

En cada Comunidad Autónoma y Ciudad Autónoma de España (a excepción de Canarias) existe un CONSEJO DE LA JUVENTUD. Dicho Consejo, está formado por asociaciones juveniles de toda índole y tiene atribuida POR LEY la función de interlocución entre las administraciones y la población joven de cada territorio. Se trata pues del único instrumento veraz que tiene cada gobierno para saber cuales son las necesidades de sus jóvenes.

Son tan importantes para la actividad política que casi todas las organizaciones juveniles consideran a los consejos de juvetud como sus referentes en la vida institucional (por ejemplo, juventudes socialistas o NNGG del PP).

Los Consejos de Juventud eligen a sus equipos de direccion de entre las asociaciones que los componen, es decir, son soberanos en su estrcutura y funcionamiento. Su financiación depende directamente de los presupuestos generales de cada comunidad.

En mi comunidad existe el CONSEJO DE LA JUVENTUD DE LA REGIÓN DE MURCIA.

Se trata pues de ENTIDADES PÚBLICAS... hasta que dejan de serlo...

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